04 de Mayo de 2021- Formosa
Especialistas destacan la importancia de una correcta nomenclatura tanto a nivel de comunicación como en la Justicia. No se debe llamar pornografía infantil al delito cometido por adultos.
Pornografía infantil es un concepto incorrecto que los especialistas buscan desterrar. La correcta forma de denominar este delito es “abuso sexual contra niñas, niños y adolescentes“.
Éste es la sugerencia que especialistas y profesionales en la materia realizan a menudo tanto a los internautas que denuncian casos como a los medios de comunicación y la Justicia.
El Ministerio Público Tutelar (MPT) de la Ciudad de Buenos Aires resolvió tiempo atrás un cambio de terminología de los delitos que son cometidos hacia niñas, niños y adolescentes. La resolución del MPT está orientada a incorporar al lenguaje judicial el uso de términos más adecuados a los cambios de paradigma vigentes.
“El lenguaje que utilizamos no es neutral, sino que por el contrario produce y reproduce representaciones sobre la realidad asignando un valor simbólico y pedagógico”, argumenta la resolución del MPT.
Para el ente es clave que los términos jurídicos tengan “precisión técnica” pero también que puedan incorporar términos “más adecuados a los cambios de paradigma vigentes”.
El MPT remarcó que, además de “pornografía infantil“, en la actualidad aún existen otros términos que pueden tergiversar el fenómeno que definen:
- abuso sexual infantil
- prostitución infantil
- trabajo infantil
Estos términos “no representan íntegramente la gravedad de estos delitos” y puede dar lugar a erróneas interpretaciones que impliquen estigmatizar, alterar o invisibilizar el fenómeno que describen”, señalan los expertos. El motivo es que estas acciones son producidas precisamente por una persona adulta contra niñas, niños y adolescentes y representan aberrantes violaciones a los derechos humanos contra ellos.
Se recomiendan en reemplazo de los términos arriba mencionados los siguientes:
- “explotación sexual de niñas, niños y adolescentes”
- “materiales de representación sexual de niñas, niños y adolescentes”
- “trabajo de niñas, niños y adolescentes prohibido”
El objetivo es respetar 3 ejes centrales: el primero es darle un enfoque de derechos humanos, el segundo es una perspectiva de infancia propia del actual sistema de protección que determina que la niña o el niño son las víctimas y por último, incorporar un lenguaje que identifique con claridad los delitos a los cuales nos referimos, explicaron desde el MPT.