28 de julio de 2121- Formosa
El debate sobre la norma se abrió tras el caso del músico «Chano»
La Ley Nacional de Salud Mental Nº 26.657, sancionada en 2010 y promulgada en 2013, asegura el derecho a la protección de la salud mental de todas las personas y el pleno goce de los derechos humanos de aquellas con padecimiento mental.
Salud integral, educación, vivienda, trabajo, tratamiento y respeto a la identidad de género, son algunos de los derechos que deben ser garantizados en nuestro país a personas con padecimiento mental.
Para garantizar los derechos, la norma creó el Órgano de Revisión Nacional de Salud Mental (ORN), el cual depende del Ministerio Público de la Defensa y está formado por personas que trabajan en el Ministerio de Salud, en la Secretaría de Derechos Humanos del Ministerio de Justicia y en el Ministerio Público de la Defensa de la Nación.
El debate sobre la norma se abrió tras el caso del músico Santiago Moreno Charpentier, conocido como «Chano», quien fue baleado en el abdomen por un policía bonaerense al que presuntamente intentó apuñalar con un cuchillo.
OPINIONES
“La paradoja de esta ley es que ha hecho que los pacientes no estén bajo el ámbito de salud sino bajo el ámbito de la justicia criminalizando sus actos y recibiendo balas en vez de tratamientos”, dice el médico psiquiatra Bernardo Carricart (MN 114548 y MP 2476), de Olavarría, e integrante de la Cámara Argentina de Establecimientos de Salud Mental (Caesme).
Para este profesional, lo ocurrido con el músico Chano Charpentier “es el costo de no poder internar a los pacientes”.
Alude a la Ley de Salud Mental (n°26.657) votada a libro cerrado en el año 2010, una norma que niega la enfermedad mental -no la nombra- y que estigmatiza la psiquiatría -fue elaborada, aunque cueste creerlo, sin la participación de las asociaciones de médicos psiquiatras.
“El caso del músico Chano Charpentier no es el primero ni será el último. Se repetirá porque la Ley de Salud Mental vigente no prevé el riesgo potencial de la enfermedad psiquiátrica para decidir una internación sin el consentimiento del paciente”, advierte Carricart.
La ley 26657 definía, entre sus disposiciones más polémicas, el cierre de los establecimientos psiquiátricos en un plazo de diez años (vencido), el incremento del presupuesto para la especialidad hasta un 6% del presupuesto de Salud (no cumplido), la creación de “dispositivos intermedios” para sustituir las clínicas y hospitales que debían cerrar (no cumplido), equiparaba en muchos aspectos -como la decisión de internar, o la dirección de un equipo de Salud Mental- al psiquiatra con el psicólogo, el asistente social o el terapista ocupacional en los llamados equipos interdisciplinarios -cuyas incumbencias no definía apropiadamente- y ponía muchas trabas para la internación involuntaria de los pacientes.
El artículo 20 de la Ley dice que “la internación involuntaria de una persona debe concebirse como recurso terapéutico excepcional” y que “sólo podrá realizarse cuando a criterio del equipo de salud mediare situación de riesgo cierto e inminente para sí o para terceros”.
Establece también que esto debe ser determinado por el equipo interdisciplinario y con la firma de dos profesionales de distintas disciplinas “uno de los cuales deberá ser psicólogo o médico psiquiatra”, la internación debe ser notificada al juez competente en un plazo de 10 horas y luego se debe proveer una serie de informes en plazos perentorios.
En opinión de Caesme, la Ley pone de este modo la libertad por encima del derecho a la salud afectando la seguridad de toda la sociedad. De acuerdo a la ideología foucaultiana que inspiró el texto de esta ley, el paciente psiquiátrico no tendría tendencias biológicamente morbosas sino que es la sociedad la que genera dichas patologías. Si la enfermedad no existe, no se la trata; en cambio se postula que hay que cambiar a la sociedad que patologiza estos trastornos.
El término clave en materia de internación es “riesgo cierto e inminente”. “Significa que una persona sólo puede ser internada en una situación muy extrema y evidente cuando ya la patología está en su proceso agudo -dice Carricart-. Pone a la internación como la última de las opciones ya que parten del presupuesto de que la internación es una opción mala en sí misma por violar la libertad del sujeto”. Es como si, en un cuadro cardíaco, “en vez de actuar cuando el paciente sufre la angina, se espera a que haga el infarto”, ejemplifica.
En opinión de Caesme, la ley de Salud Mental reniega del orden social y niega la peligrosidad y el riesgo que representa para sí mismo y para terceros un paciente descompensado; desconoce a la enfermedad como manifestación de una alteración y como enfermedad biológica y apunta a que la cultura es la que genera la patología mental; y pide el cierre de hospitales y clínicas especializadas por ser instituciones de orden, control y violación de derechos fundamentales; lo que en realidad deja sin cobertura a los pacientes.
“Cambiando las palabras no se cambia el orden natural de las cosas -dice Carricart-. La ley no habla de enfermedad mental sino de ‘usuarios’. Pero la evolución de la patología se impone sobre la lingüística. Al hablar de usuario se quiere dar a entender que éste tiene la opción de elegir tratamientos, opciones terapéuticas, pero en este tipo de patologías hay un punto en el que justamente lo que se altera es el juicio de realidad. El paciente no es simplemente un usuario, es una persona que padece una situación de enajenación de la realidad y por eso debe intervenir un tercero”.
Finalmente, Bernardo Carricart se enoja por el calificativo de “nueva” que se le da a la Ley. “No es la nueva ley de salud mental, ya tiene 11 años y no la han podido aplicar. Ni están los fondos, ni se han creado los dispositivos intermedios, ni se ha ordenado el equipo tratante ni se han cerrado las clínicas. Entonces, ¿Qué estamos esperando para cambiar la ley? Es casi obvio que hay que modificar la ley”.
Pese a que los aspectos presupuestarios y administrativos de la Ley no se han cumplido, el ex ministro de Salud bonaerense Daniel Gollan firmó, en diciembre de 2020, una resolución determinando el fin de las internaciones de pacientes crónicos en neuropsiquiátricos de la provincia. Habría que preguntarle al ahora candidato a diputado qué pasará con futuros casos como el de Pity Álvarez. ¿Internarán a ese tipo de pacientes en hospitales generales?
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