18 de junio de 2021-Formosa
Se debe a que se logró controlar el aumento exponencial de casos ocurridos los meses anteriores y se logró una disminución de los mismos en los últimos 14 días.
En una nueva conferencia de prensa, el Consejo de Atención Integral de la Emergencia COVID 19 “Dr. Enrique Servián” anunció el avance hacia una primera etapa de reinicio de actividades en todo el territorio provincial.
La decisión fue tomada teniendo en cuenta, que en la medianoche de este viernes vence el plazo de la prórroga dispuesta por este Consejo en relación a las medidas excepcionales dispuestas en su momento por el DNU Nº 344/21 debido a la alarma epidemiológica verificada producto del COVID-19.
Y si bien, la situación epidemiológica de la provincia de Formosa sigue siendo delicada y exige continuar manteniendo todos los cuidados preventivos personales, comunitarios y protocolos sanitarios, la disminución de la incidencia acumulada de los casos nuevos de COVID-19 lograda en los últimos 14 días con el esfuerzo conjunto de Pueblo y Gobierno, permitió tomar otras decisiones en cuanto a nuevas habilitaciones.
Es así, que el organismo resolvió habilitar, en primer lugar, las actividades profesionales, el servicio doméstico y trabajos de mantenimiento, así como la obra privada de hasta 10 obreros en forma simultánea, cumpliendo las medidas sanitarias específicas vigentes para esta situación de emergencia, además de la totalidad de las normas de seguridad e higiene del trabajo propias de la actividad
También el comercio minorista, la actividad comercial en general y todos los sectores de la economía que se encontraban previamente habilitados, en horario de 7 a 19 horas, cumpliendo los aforos previstos en el DNU Nº287/21 y los protocolos sanitarios vigentes para cada sector en el marco de la corresponsabilidad asumida por cada uno de ellos.
Asimismo, se permitirá la actividad gastronómica con atención al público al aire libre de 7 horas hasta las 19 horas, con cumplimiento estricto de los protocolos sanitarios acordados en el marco de la corresponsabilidad. La modalidad delivery continuará habilitada todos los días hasta las 23 horas.
Además, está incluida en este paquete de flexibilizaciones la práctica deportiva individual al aire libre, con cumplimiento de los respectivos protocolos sanitarios presentados por las distintas federaciones y organizaciones deportivas. Esta habilitación incluye caminatas, tenis, padel, ciclismo, atletismo, pelota paleta, golf, tiro y pesca.
Pero no se encuentra habilitada la realización de ningún tipo de competencia organizada, ni los encuentros sociales previos ni posteriores a la práctica deportiva.
Completan el listado, las salidas recreativas de cercanía con niños y niñas de 14 a 19 horas, para las cuales se debe evitar la concentración de personas en un mismo espacio, y se recuerda la importancia del distanciamiento social y la obligatoriedad del uso del barbijo, la cual rige a partir de los seis años en adelante.
Dichas habilitaciones coinciden con el esquema previsto por el Decreto de Necesidad y Urgencia Nº 287/21 del Poder Ejecutivo Nacional para las zonas de alarma epidemiológica y sanitaria.
Esta norma nacional establece, además, una serie de restricciones que son obligatorias para todas las zonas de alto riesgo y alarma epidemiológica, como lo es actualmente la Provincia de Formosa, por ende, continúan vigentes las otras suspensiones que se detallaron.
Estas son, los centros comerciales y actividades deportivas, recreativas, sociales, culturales y religiosas que se realizan en ámbitos o espacios cerrados y que impliquen concurrencia de personas; y la práctica recreativa de deportes grupales de contacto en espacios al aire libre.
Las reuniones sociales en domicilios particulares, también están restringidas, salvo para la asistencia de personas que requieran especiales cuidados; y los encuentros sociales en espacios públicos al aire libre de más de 10 personas.
Como también las clases presenciales en todos los niveles y modalidades; y resulta obligatoria la restricción de circulación de personas en toda la provincia entre las 20 horas y las 06 horas del día siguiente, con las únicas excepciones establecidas en el art. 21 del mencionado DNU 287/21.