Formosa,29 de julio de 2024
La medida dispuesta por el Ministerio de Capital Humano fue publicada hoy lunes en el Boletín Oficial. Además, la liquidación y el pago del beneficio pasó a estar a cargo de la ANSES
A través de la resolución 488/2024 publicada hoy lunes en el Boletín Oficial, el Gobierno nacional anunció la prórroga del programa “Vouchers Educativos” para escuelas privadas hasta diciembre de este año, con el objetivo de ”fortalecer el acompañamiento a las familias” que acceden mensualmente al beneficio.
Con 833.211 estudiantes del nivel inicial, primario y secundario asistidos por el programa durante el mes de julio, la Secretaría de Educación, dependiente del Ministerio de Capital Humano que conduce Sandra Pettovello, consideró necesario extender la cobertura hasta fin de año.
En rigor, este programa refiere a una prestación temporaria a favor de las familias cuyos hijos de hasta 18 años de edad asisten a instituciones educativas públicas de gestión privada con al menos 75% de aporte estatal y cuyo ingreso familiar no supere los siete salarios mínimos, vitales y móviles ($1.419.600).
Diferencias entre la Ayuda Escolar y los Vouchers Educativos
Por su parte, la ANSES tiene bajo su ala a la Ayuda Escolar, un apoyo económico anual para acompañar a todos los niños y adolescentes de la Asignación Universal y Familiar por Hijo en el inicio de cada ciclo lectivo.
En este caso, el beneficio está destinado a quienes ya son beneficiarios de la Asignación Universal por Hijo (AUH), la Asignación Familiar o la Asignación por Hijo con Discapacidad.
Para los dos primeros casos se exige únicamente que el hijo tenga entre 45 días y 17 años inclusive y que asista a establecimientos educativos incorporados a la enseñanza oficial (nivel inicial, primario o secundario).
Esta Ayuda les corresponde a las personas que tienen hijos a cargo en edad escolar y que reciban:
- Asignación Familiar por Hijo o Hijo con Discapacidad
- Asignación Universal por Hijo o Hijo con Discapacidad
Además, para ser beneficiario, hay que cumplir con ciertos criterios.
- El hijo debe tener entre 45 días y 17 años inclusive.
- Debe obligatoriamente asistir a establecimientos educativos incorporados a la enseñanza oficial (nivel inicial, primario y secundario).
En lo que respecta a quienes tienen hijos con discapacidad, no hay límite de edad, pero se exige que asistan a establecimientos (públicos o privados) de enseñanza oficial o especial. También están habilitados quienes reciben apoyo de maestros particulares, concurran a talleres protegidos o de formación laboral, o reciban rehabilitación.